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Corte de Servicios Públicos

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  • RCW 59.18.300
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Es ilegal que el propietario corte los servicios públicos de un inquilino intencionalmente por cualquier otra razón que no sea para hacer temporalmente las reparaciones necesarias (RCW 59.18.300). El inquilino puede recuperar hasta $100 por día o porción de día que esté sin servicios públicos y los daños reales en la Corte de Reclamos Menores. La documentación escrita de la situación es extremadamente importante.

1. Si usted, como inquilino, se retrasa en el pago de los servicios públicos

Si no paga sistemáticamente las facturas de los servicios públicos, corre el riesgo de que le corten los servicios. Las unidades que no tienen servicios públicos son condenables bajo la orden de emergencia de la ciudad o el condado en el que se encuentra su unidad. Actualmente, la ley estatal no protege a los inquilinos con discapacidades o niños pequeños contra el corte de los servicios públicos, pero es posible que los proveedores de servicios públicos individuales ofrezcan alguna protección de este tipo o que esté cubierta por la Ley Federal de Vivienda Justa. Póngase en contacto directamente con su proveedor de servicios públicos para obtener más información. Es posible que estén dispuestos a retrasar los cortes de suministro a los inquilinos que tengan un buen historial de pagos. Además, los inquilinos con bajos ingresos tienen algunas protecciones contra el corte de la calefacción durante los meses de invierno. Consulte la «Ayuda de la Ley de Washington»: http://www.walawhelp.org publicación Servicios Públicos para más información.

Hay algunos programas de asistencia de servicios públicos que pueden ser capaces de ayudar con los costos de energía. Para obtener asistencia energética, consulte el Programa de Asistencia Energética para Hogares de Bajos Ingresos o llame a la Línea de Información de la Comunidad al 206-461-3200 o al 800-621-4636 o al 2-1-1 desde un teléfono fijo.

2. Si el propietario se retrasa en las facturas de los servicios públicos

A veces los propietarios tienen las facturas de los servicios públicos a su nombre, trasladando los costes al inquilino. Si le cortan los servicios porque el arrendador se retrasa en el pago de la factura o facturas, usted tiene derecho a que le devuelvan los servicios si pone la factura a su nombre. Las leyes estatales y federales impiden que una empresa de servicios públicos deniegue los servicios a un inquilino debido a una factura de servicios públicos impagada por el propietario (o antiguo propietario, o antiguo inquilino). Una compañía de servicios públicos debe permitir que un inquilino ponga los servicios a su nombre si el inquilino se compromete a pagar la factura de servicios en adelante.

La ley estatal exige que una compañía pública de electricidad, luz o agua ofrezca servicios a un inquilino «en los mismos términos y condiciones que a otros clientes residenciales de servicios públicos, sin exigirle que pague los montos atrasados por servicios facturados directamente al dueño de la propiedad o a un inquilino anterior». RCW 35.21.217(5). La Constitución de los Estados Unidos también impide que una empresa de servicios públicos se niegue a conectar la electricidad o el agua si el inquilino está dispuesto a pagar la factura a posteriori, porque es injusto e irrazonable. Vea un ejemplo de carta (Request to Have Utilities Put in Tenants Name When Landlord is Behind on Bills) que puede enviar a una compañía de servicios públicos que se niega a poner los servicios a su nombre, o que le exige que pague una factura atrasada de un tercero.

Puede intentar comunicarse con la compañía de servicios públicos directamente para tratar de conseguir que le vuelvan a conectar los servicios, aunque sea temporalmente. Sin embargo, las compañías de servicios públicos a menudo no aceptan hablar con el inquilino si no son el titular principal de la cuenta. El RCW 59.18.060 requiere que los propietarios mantengan los servicios públicos y que la unidad cumpla con los códigos de construcción. El RCW 59.18.070 requiere que los propietarios comiencen las reparaciones (incluyendo el corte de los servicios) dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la notificación por escrito del inquilino. Si el corte de los servicios públicos se debe a la negligencia del propietario, guarde documentación exhaustiva sobre su solicitud de reparación y la respuesta del propietario (o la falta de ella). Para más detalles y más información sobre sus opciones bajo la ley, vea Reparaciones. Las unidades sin servicios públicos funcionales pueden ser condenadas por la aplicación del código local. Los inquilinos pueden tener derecho a los pagos de asistencia para la reubicación de emergencia si la unidad se cierra debido a la negligencia del propietario, aunque puede ser difícil de cobrar el dinero. Para más información, consulte la sección de ayuda a la reubicación.

El hecho de que el propietario se retrase en el pago de las facturas de los servicios públicos también podría ser una señal de que el propietario está en proceso de ejecución hipotecaria. Si no puede pagar los servicios públicos es probable que no pueda pagar la hipoteca de la vivienda. Consulte la sección sobre ejecuciones hipotecarias para obtener más información.