Clasificación de los trabajadores o contratistas a efectos del seguro de los trabajadores
Como empleador, tiene la responsabilidad de proteger su empresa y su personal declarando los salarios de todos los trabajadores pertinentes.La definición legislativa de «empleadores» y «trabajadores» es diferente a la forma en que utilizamos estos términos en el sentido cotidiano.Utilice nuestras definiciones y directrices a continuación para asegurarse de que entiende sus obligaciones legales.
Identificación de los trabajadores «considerados»
Algunas personas son «consideradas» trabajadores a efectos del seguro de los trabajadores.
Estas clases de «trabajadores considerados» incluyen, pero no se limitan a:
- trabajadores externos
- vendedores, buscadores y recolectores
- contratistas bajo acuerdos de servicios de alquiler de mano de obra
- trabajadores rurales
- boxeadores, luchadores, árbitros y animadores.
Véase el anexo 1 de la Ley de Gestión de Lesiones Laborales e Indemnización de los Trabajadores de 1998 para obtener una lista completa.
Distinción entre trabajadores y contratistas
Aparte de los trabajadores considerados, no está obligado a proporcionar un seguro de los trabajadores a los contratistas.
Hay que tener en cuenta varios factores para distinguir a un trabajador de un contratista y ningún factor puede considerarse decisivo por sí solo.
Es más probable que un contratista:
- sea contratado para llevar a cabo una tarea concreta utilizando su propia habilidad y juicio
- emplee a otros, delegue o subalquile el trabajo a otro
- sea pagado sobre la base de un presupuesto para el trabajo
- suministre sus propias herramientas y materiales
- lleve a cabo un negocio independiente en su propio nombre o bajo el nombre de un negocio o empresa.
Tenga en cuenta que un ABN por sí mismo no es un indicador definitivo de la situación de una persona.
Es más probable que un trabajador:
- ser dirigido por el empleador en relación con el trabajo que debe realizar y el tiempo y la forma en que se realiza
- estar obligado a realizar efectivamente el trabajo
- recibir una remuneración por tiempo
- tener herramientas y materiales suministrados por el empleador
- trabajar exclusivamente para un solo empleador
- estar afectado por las disposiciones fiscales de reparto.
Atención: Una persona puede haber sido contratada como contratista y serlo a otros efectos, como el fiscal, pero seguir siendo un trabajador a efectos del seguro de los trabajadores. El estatus de una persona a efectos fiscales no tiene ninguna relación directa con el estatus de esa persona como trabajador a efectos del seguro de los trabajadores.
Servicio de Estatus del Trabajador de SIRA
La Autoridad Reguladora de Seguros del Estado (SIRA) tiene una herramienta para ayudarle a orientar sobre si una persona es un trabajador, un trabajador considerado o un contratista a efectos del seguro de los trabajadores.
Esta herramienta es sólo una guía. Para determinar formalmente el estatus de un trabajador, tendrá que presentar una solicitud de resolución privada con SIRA.
Herramienta para determinar el estatus de trabajador
Voluntarios
Los voluntarios y los estudiantes de prácticas no remuneradas no son «trabajadores» bajo la Ley de Compensación de Trabajadores de 1987 y no necesita cubrirlos con su póliza de seguro de trabajadores. No obstante, tiene la obligación de asegurarse de que los voluntarios y los estudiantes en prácticas tengan un entorno de trabajo seguro.